SOLICITO INFORMACION DE REQUISITOS Y COSTOS PARA LA OBTENCION DEL TITULO DE SEGUNDA ESPECIALIDAD



SOLICITO: INFORMACION REFERENTE A LOS REQUISITOS Y COSTOS PARA LA OBTENCION DEL TITULO DE SEGUNDA ESPECIALIDAD.
SEÑOR:
MINEDU
UNHEVAL

DRE HUANUCO
UGEL HUANUCO


PROGRAMA SEGUNDA ESPECIALIDAD (UNHEVAL = MINEDU=DRE)
 

INOCENTE HUAMAN ASTETE, identificado con DNI 22488547, domiciliado en el Jr. Prolongación 11 de enero 125 – Sector 5 de San Luis – Amarilis - Huánuco, docente de la Gran Unidad Escolar “Leoncio Prado”, actual participante del Programa de Segunda Especialidad en Didáctica de la Matemática en Educación Secundaria por convenio MINEDU-UNHEVAL, ante usted respetuosamente me presento y expongo:

Que, habiéndome inscrito y estando participando en el Programa de Segunda Especialidad 2013-2015, promovido por convenio entre el MINEDU y la UNHEVAL, con la finalidad central de  promover el desarrollo profesional docente y lograr un efectivo impacto en la mejora de los aprendizajes de los estudiantes, cuando veníamos desarrollando la tercera clase, nos han creado una confusión los Coordinadores de dicho Programa referente al requisito para obtener el TÍTULO DE LA SEGUNDA ESPECIALIDAD quienes nos manifestaron expresamente que deberíamos de contar previamente con el título de LICENCIADO EN EDUCACION, caso contrario, (el contar solamente con el Título Pedagógico No Universitario–expedido por los Institutos Superiores Pedagógicos), no será posible obtener dicho título de segunda especialidad, mientras que otros coordinadores manifestaron que solo se necesita el grado de bachiller.
Acto seguido se procedió a verificar la información de la convocatoria y de acuerdo al convenio establece que: Podrá obtener el título de segunda especialidad, el participante que cumpla con los requisitos que establece el Reglamento de Estudios de la IFD en el marco de la ley universitaria Nº 23733. Los gastos de titulación serán asumidos por cada participante.
Es necesario precisarle que algunos coordinadores nos ha presentado una copia simple del INFORME Nº 042-2007-DGDAC (Exp. 463809) de fecha 17 de abril de 2007, rubricada por NICANOR COLONIA VALENZUELA, Director General de la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de la Asamblea Nacional de Rectores en la que precisa la equivalencia de títulos en base a dos leyes derogadas actualmente (24029-25212) por la Ley 29944, consecuentemente carecería de legalidad, mientras que otro Coordinador nos ha facilitado una hoja informativa para el inicio del PROCECLI, teniendo como fecha de inicio el 14 de setiembre de 2013, bajo la modalidad presencial y distancia, creando aun más la confusión.
Consecuentemente, ante esta confusión y porque no me han informado oportunamente sobre los requisitos que establece el Reglamento de Estudios de la IFD en el marco de la ley universitaria Nº 23733, SOLICITO, que en el plazo de ley y con las formalidades respectivas, se me precise cuales son los requisitos que son necesarios para la obtención del Título de Segunda Especialidad en la UNHEVAL, asimismo los montos que debemos asumir en dicha titulación.

POR TANTO,
Solicito a usted acceder a mi petición por ser de justicia
Huánuco, 13 de setiembre de 2013.





INOCENTE HUAMAN ASTETE
DNI 22488547





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